En Europa: La osteopatía no es una especialidad de otra profesión. Se desarrolló como profesión independiente tanto más fácilmente que responde a las necesidades de una población atraída por su simplicidad, su ausencia de peligro y su eficacia.
El 29 de mayo de 1997: El Parlamento Europeo votó una resolución (ley) sobre las medicinas no convencionales del diputado Paul LANNOYE.
Este estatuto de medicina no convencional existe pues legalmente y expresa claramente el hecho de que la osteopatía es una disciplina original que no puede ser asociada a ninguna otra profesión ya estructurada (por ejemplo medicina, kinesiología)
La Federación Europea de Osteópatas (F.E.O.) es el organismo de referencia para la Comisión Europea.
Italia: Proyecto de ley presentado en cámara de diputados.
Gran Bretaña: Primer país europeo donde la profesión es reconocida oficialmente por ley (Osteopaths act 1-7-1993)
Bélgica: Reconocida oficialmente por ley el 22-4-1999
Portugal: Reconocida administrativamente
España: No hay ley sino jurisprudencia a favor de osteópatas no médicos, no fisioterapeutas.
Noruega: Reglamentación en curso.
Suecia: Reconocida oficialmente
Francia: Reconocida oficialmente por ley el 04-10-2001
Dinamarca: Ejercicio libre con formación suficiente
Finlandia: Reglamentación en curso
Alemania: Desarrollo muy importante. Reglamentación en curso.
Holanda: Ejercicio libre. No hay reglamentación
Grecia: Poco desarrollada
Suiza: Reconocida en 7 cantones. En vía de reconocimiento en todo el país.
Austria: Ejercicio libre. No hay reglamentación.
Otros países.
U.S.A.: Reconocida oficialmente desde hace más de 50 años.
Nueva Zelanda: Reconocida oficialmente desde 1970
Australia: Reconocida oficialmente desde 1992
Canadá: Ejercicio libre. No hay reglamentación.
Japón: Ejercicio libre. No hay reglamentación
Rusia: Ejercicio libre. No hay reglamentación.
Brasil: Ejercicio libre. No hay reglamentación.
Argentina: Ejercicio libre. No hay reglamentación